Nacionalidad española por residencia en Barcelona: los plazos de 10, 5, 2 y 1 año, y los dos exámenes
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- Revisamos el tiempo de residencia legal
- Documentación y exámenes en orden
- Presentación telemática
Casi todo el mundo cree que hacen falta diez años. Es el plazo general, pero hay cuatro tramos distintos y muchos expedientes encajan en uno más corto sin saberlo: dos años para nacionales iberoamericanos y un año en varios supuestos, entre ellos casarse con una persona española. Saber en qué tramo estás es lo primero que cambia el calendario.
Los cuatro plazos de residencia
La residencia exigida debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. El periodo cambia mucho según el caso:
- 10 años — plazo general.
- 5 años — personas con condición de refugiado.
- 2 años — nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y personas de origen sefardí.
- 1 año — varios supuestos, entre ellos haber nacido en territorio español, estar casado o casada con una persona española, o ser viudo o viuda de persona española.
Ese tramo de un año es el que más se pasa por alto. Si estás casado con una persona española, el cómputo no es de diez años ni de dos: es de uno, siempre que se cumplan el resto de condiciones.
Los dos exámenes del Instituto Cervantes
Salvo excepciones, hay que superar dos pruebas distintas, ambas del Instituto Cervantes:
- DELE, nivel A2 como mínimo — diploma de español como lengua extranjera. Acredita el conocimiento del idioma.
- CCSE — prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España.
Quedan exentos de superarlas los menores de 18 años y las personas con capacidad judicialmente modificada. Y del DELE quedan exentos, además, los nacionales de países donde el español es lengua oficial.
Conviene planificar los dos exámenes con antelación: tienen convocatorias con fecha, y sin los diplomas la solicitud no se puede completar.
Documentación y tasa
- Pasaporte en vigor del país de origen.
- Certificado de nacimiento del país de origen, debidamente legalizado o apostillado y traducido.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y certificado de antecedentes penales españoles.
- Certificado de empadronamiento, en Barcelona expedido por el Ajuntament.
- Diplomas DELE A2 y CCSE del Instituto Cervantes, salvo exención.
- Tarjeta de identidad de extranjero en vigor.
- Justificante del pago de la tasa: modelo 790, código 026. Sin ese pago la solicitud no se tramita.
Según el tramo por el que se solicite habrá documentación adicional: certificado de matrimonio y de convivencia en el supuesto de un año por matrimonio, resolución de refugiado en el de cinco, y así en cada caso.
Qué suele retrasar un expediente
- La legalización y la traducción de los documentos extranjeros. Apostilla de La Haya o legalización por vía diplomática, según el país, más traducción jurada. Es lo que más tiempo consume y lo que conviene arrancar primero.
- Certificados caducados. Varios tienen vigencia limitada y si el expediente se demora pueden quedar fuera de plazo antes de presentarse.
- Interrupciones en la residencia legal. El requisito es de residencia continuada: un hueco entre autorizaciones puede reiniciar el cómputo.
- Discrepancias de nombres o fechas entre el certificado de nacimiento y el resto de documentos, muy habituales cuando la transcripción del país de origen no coincide con la española.
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Preguntas frecuentes sobre nacionalidad en Barcelona
¿Necesito diez años sí o sí?
No. Diez años es el plazo general, pero hay tramos de cinco, dos y un año. Determinar el tuyo es el primer paso, porque cambia por completo el calendario.
Soy de un país iberoamericano, ¿cuánto necesito?
Dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
¿Tengo que hacer el DELE si mi idioma es el español?
Los nacionales de países donde el español es lengua oficial están exentos del DELE. El CCSE sí hay que superarlo.
¿Los menores hacen los exámenes?
No. Los menores de 18 años están exentos de ambas pruebas, igual que las personas con capacidad judicialmente modificada.
¿Y si he estado un tiempo sin autorización en vigor?
La residencia debe ser continuada. Un periodo sin autorización puede afectar al cómputo, y es de las primeras cosas que conviene revisar antes de reunir documentación.
¿Perder mi nacionalidad actual?
Depende de tu país de origen y de los convenios aplicables. Es una consulta que corresponde también a la legislación de ese país, no solo a la española.
Cómo lo revisamos
Primero, en qué tramo estás
Diez, cinco, dos o un año cambian el calendario entero. Revisamos qué conviene revisar antes de iniciar la solicitud de nacionalidad: vínculo, lugar de nacimiento y continuidad de la residencia.
Después, el expediente y sus tiempos
Exámenes con convocatoria, legalizaciones y traducciones juradas, vigencia de cada certificado y la tasa 790/026, ordenados para que nada caduque antes de presentar.
Los importes de las tasas, los requisitos y los plazos se actualizan periódicamente, por lo que conviene confirmar los vigentes antes de tomar una decisión.
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